¿Cuándo me deben devolver la garantía del arriendo?
A diferencia de lo que mucha gente cree, la Ley N° 18.101 (arrendamiento de predios urbanos) no fija hoy un monto máximo ni un plazo general de devolución para la garantía en un contrato de arriendo corriente: eso lo rige principalmente lo que dice tu propio contrato, junto con las reglas generales de los contratos del Código Civil.
Respuesta general y educativa; no reemplaza una asesoría sobre tu caso. Fuente: Ley N° 18.101, sobre arrendamiento de predios urbanos, texto oficial en LeyChile — BCN ↗.
Fundamento legal
La Ley 18.101 sí reguló la garantía en su artículo 2°, pero esa norma se aplicó solo a los contratos celebrados dentro de los cuatro años siguientes a la publicación de la ley (en 1982): hoy es una disposición transitoria sin efecto práctico en un contrato nuevo. Las reformas más recientes a esta ley (como la Ley N° 21.461, de 2022) se concentraron en los juicios de arriendo y desalojo, no en fijar un tope o un plazo para la garantía.
Eso significa que la garantía se rige, en general, por el propio contrato: "Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes" (artículo 1545 del Código Civil). Lo habitual en el mercado es un mes de renta y su devolución dentro de un plazo razonable tras la entrega del inmueble y la revisión de su estado, pero eso es costumbre contractual, no una obligación legal pareja para todos los contratos.
Por eso el paso más útil no es buscar "el artículo" que fija el plazo (no existe uno general), sino leer la cláusula exacta de tu contrato.
¿Y en tu caso particular?
Lo de arriba es la regla general. Tu situación puede tener un matiz que la cambie (fecha exacta, cláusulas de tu contrato, si hubo un acuerdo distinto, etc.). Derecho Chile IA verifica en vivo el texto vigente de la ley y puede leer tu caso concreto:
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